martes, 16 de marzo de 2021

RECOPILACION Y ANALISIS DE SENTENCIA T- 090 DE 2020

 



 

Primera revisión

 

Por Javier López-

Presidente UGTI Valle

 

La Corte Constitucional mediante Sentencia  T- 090 de 2020 resuelve en sala de revision accion de tutela interpuesta por vendedora informal de Medellin  que le habia sido negado previamente por dos juzgados regionales.

En resumen esta compañera habia sido reubicada temporalmente por la alcaldia de la ciudad en mencion debido a obras que se ejecutan en el sector donde la trabajadora informal laboraba cotidianamente solo que al solicitar su reconocimiento como vendedora regular esta le fue negada aduciendo que no cumplia con la resolucion que reglamenta la ocupacion regular  de los vendedores.

Entre los criterios expuestos por la alcaldia se exponen entre otros  que debe superar los criterios de vulnerabilidad, legalidad y permanencia minima  asi como residir en la ciudad.

 

Dentro del proceso de revision  se decreto  la recopilacion de pruebas  tendientes a complementar  la informacion. La compañera entrego a la Corte informacion sobre sus ingresos  como poblacion vulnerable que no son superiores a $500.000 mensuales.

En la decision adoptada por la Corte es importante resaltar:

 

-       Reconocimiento constitucional   al derecho al trabajo y  la libertad de escogencia de porfesion y oficio, 

articulos 25 y 26 de la Constitucion Politica.

-       La Corte expreso  que “el sector informal es aquel  en el que no opera  una relacion  salarial  ni se garantiza la estabilidad  laboral” y que “atendiendo  las condiciones de vulnerabilidad  en la que se encuentran la mayoria de los vendedores  informales  ha determinado que se requiere mayor porteccion del estado de acuerdo con la cláusula de igualdad material contenida en el artículo 13, la cual impone al Estado promover condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptar medidas afirmativas a favor de grupos discriminados o marginados. Por ello han sido considerados sujetos de especial protección”.

-       La protección de los derechos de los trabajadores informales no se limita a su reubicación en otro lugar donde pueda ser nuevamente objeto de desalojo, por el contrario, el Estado asume la cargar de localizarlo en un sitio que le permita el desarrollo de su actividad en similares condiciones.

-       En conclusión, el deber del Estado de velar por el espacio pùblico no es justificación para que afecte de forma desproporcionada o abusiva los derechos de los vendedores informales, quienes son sujetos de especial protección constitucional dadas las circunstancias de debilidad o desprotección en las que se encuentran ante los conflictos que puedan presentarse.

-       La Constitución Política consagra en el artículo 29 el derecho al debido proceso, estableciendo que su aplicación tendrá lugar en toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Esta prerrogativa está orientada a garantizar que la función pública se encauce en la materialización de los fines del Estado, entre ellos, velar por la efectividad de los principios, derechos y deberes y la vigencia de un orden justo

Conforme la jurisprudencia constitucional, la accionante es un sujeto de especial protección dadas las circunstancias de vulnerabilidad en las que se encuentran los vendedores informales.

Es oportuno precisar que si bien la accionante no citó el derecho al debido proceso como derecho violado la sala constitucional si encontró trasgresión por parte de la alcaldía de Medellín.

La determinación de la administración también transgredió el derecho fundamental al trabajo de la compañera, lo cual afectó su mínimo vital, teniendo en cuenta que los ingresos que permiten su subsistencia se derivan del producto de las ventas informales que a diario lleva cabo. En relación con la transgresión al mínimo vital, debe recordarse que la jurisprudencia constitucional ha sostenido que la protección de la legislación comercial en el ámbito del derecho privado, aplicable a las empresas y comerciantes, se extiende “de manera análoga a los vendedores informales, pues estos también ‘desarrollan clientelas, acreditan sus servicios y productos y establecen dinámicas comerciales equivalentes a las de las empresas que atienden al público’”

 

Conclusión

Es importante resaltar  de acuerdo a lo expuesto en esta sentencia que la  Corte Constitucional mantiene  en esta sentencia la misma línea o posición con respecto al respeto de los derechos económicos, sociales de los vendedores informales  lo cual es muy   importante ya que   bajo el pretexto de recuperación del espacio público no se pueden trasgredir los derechos de los Trabajadores que allí laboran.

Se debe respetar el debido proceso, el acatamiento  a la figura de la confianza legítima, el mínimo vital, la igualdad real y el derecho al trabajo, sumado a la libertad de escoger profesión u oficio  la cual viene a fortalecer los derechos legales de todos los trabajadores informales.

Sin embargo hay que recordar que las administraciones municipales y la Policía Nacional de forma adrede pretenden desconocer estas sentencias, pasando por encima de derechos constitucionales y legales que a todas luces los vendedores deben hacer respetar  recurriendo a  todas las acciones legales a las que como ciudadanos tienen derecho incluyendo como no la movilización y la manifestación pacífica acompañada de la denuncia  pública.

 

miércoles, 3 de marzo de 2021

La pandemia tiene al 50% de trabajadores informales de #Cali sin empleo

 














La pandemia tiene al 50% de trabajadores informales de Cali sin empleo

Una reciente encuesta reveló que al menos el 50 % de los trabajadores informales de Cali tienen un miembro de su familia, incluyéndose, que ha perdido su empleo en los últimos seis meses.
Esta es una de las cifras más preocupantes de la encuesta ‘Empleo e ingresos de una ciudad informal en la post-pandemia’, realizada por el Observatorio de Políticas Públicas, Polis, de la Universidad Icesi a más de 1000 personas entre noviembre del 2020 y enero del 2021.

Si bien esto no es una encuesta representativa, los resultados muestran una clara tendencia del golpe económico sufrido por los caleños.

Así, el 67% de los informales y 39% de los formales afirmaron que sus ganancias se han reducido producto de la pandemia.

empleo
Dado el golpe económico sufrido a los vendedores ambulantes en la ciudad, que son más de 30.000, el gremio ha solicitado una renta básica mientras se reactiva la economía. Foto: Jorge Orozco
El estudio también pone en evidencia las condiciones laborales previas a la epidemia para entender qué tan preparados estaban los caleños. Mientras el 30 % de los informales percibían menos de un salario mínimo mensual legal vigente, esto ocurría apenas con el 8 % de los formales.

Además, apenas el 31 % de los informales consideran que sus ingresos son buenos (alcanzan para cubrir necesidades básicas y ahorrar) frente al 59 % de los trabajadores formales consultados.

Por otra parte, el 29% y el 46% de los trabajadores informales y formales, respectivamente, afirmó tener ahorros suficientes para vivir al menos tres meses en caso de desempleo, advierte Polis.

“En Cali hay alrededor de 265.000 personas desempleadas. Esto lleva a preguntarse hasta qué punto esta línea estratégica se adapta a la estructura productiva de la ciudad para lograr una recuperación económica sostenida en el largo plazo”, afirma el documento.

Se perdió mucho y se recuperó poco
Y si se revisa el balance que la Asociación Nacional de Instituciones Financieras hizo entre marzo y noviembre del 2020, el panorama tampoco es alentador. Las familias caleñas dejaron de percibir ingresos laborales por alrededor de $2.36 billones en ese periodo de tiempo.

Para Edwin Maldonado, director ejecutivo del Comité Intergremial y Empresarial del Valle del Cauca, Ciev, esta situación debió de haberse agravado a finales de diciembre e inicios de enero.

“Tras los toques de queda continuos que afectaron tanto la actividad de empresas como el empleo de muchas personas, pues no hubo el consumo necesario para tener una actividad sostenida”.

Es por eso que en días pasados el Ciev envió unas propuestas a la Alcaldía para trabajar en pos de la reactivación. Lo anterior busca una mayor coordinación con el gremio empresarial a la hora de tomar medidas restrictivas como la más urgente.

Y debido a las afectaciones en el flujo de caja, el gremio ha afirmado que no cuenta con recursos suficientes para cancelar las obligaciones tributarias. Esto, dado a que ha decidido enfocar los esfuerzos en el pago de los salarios del recurso humano.

“Lo que pedimos es un aplazamiento del calendario tributario de impuestos, generar un sistema de pago por cuotas, descuentos en el pago de los servicios y disminuciones en el Impuesto Predial y de Industria y Comercio según la afectación de cada empresa”, afirmó Maldonado.

Esto dice la Administración Municipal
Frente a este panorama, María Fernanda Santa, secretaria de Desarrollo Económico de Cali, aseguró que ya se está estructurando el fondo de reactivación por $30.000 millones.

"Un proceso que estamos adelantando con nuestra jurídica interna y un comité para darle todos los detalles necesarios con el fin de presentarlo al Concejo en el mes de marzo como un proyecto de acuerdo”, explicó.

La funcionaria señaló que la ayuda busca llegar a los más afectados económicamente por la pandemia. Así, piensan impactar a grupos poblacionales como los jóvenes, pero también a los emprendimientos y microempresarios que necesiten de forma urgente “ese piso de liquidez”.

Santa además comentó que se han realizado talleres de reactivación, en donde, con diferentes representantes de gremios empresariales, se hace la estructuración del fondo.
“¿Cuál es nuestra meta? Que en tres semanas esté consolidado el plan de reactivación de la ciudad. Que para este año recuperemos los 197.000 empleos que se perdieron producto de la pandemia. Además, que esto se sostenga en el tiempo, pero que también fomentemos ese mismo crecimiento”, destacó.

Es por eso que el pasado viernes 13 de febrero se instaló la Mesa de Reactivación. Con esta se han realizado talleres como los de la construcción de vivienda, uno de los sectores que más le aporta a la economía caleña.

También se planea realizar uno con la Secretaría de Salud para evitar el tercer pico y, por ende, la afectación económica que trae consigo.

“Los informales también hacen parte de nuestro objetivo para recuperar empleos. Por eso vamos a reunirnos con sectores como el de los tenderos. Vamos a formalizar a todas las empresas que no se alcanzaron a registrar en la Cámara de Comercio”, afirmó la Secretaria

fuente: https://www.qhubocali.com/asi-paso/la-pandemia-tiene-al-50-de-trabajadores-informales-de-cali-sin-empleo/?utm_source=facebook&utm_medium=Social&utm_campaign=ampliar-noticia