martes, 16 de marzo de 2021

RECOPILACION Y ANALISIS DE SENTENCIA T- 090 DE 2020

 



 

Primera revisión

 

Por Javier López-

Presidente UGTI Valle

 

La Corte Constitucional mediante Sentencia  T- 090 de 2020 resuelve en sala de revision accion de tutela interpuesta por vendedora informal de Medellin  que le habia sido negado previamente por dos juzgados regionales.

En resumen esta compañera habia sido reubicada temporalmente por la alcaldia de la ciudad en mencion debido a obras que se ejecutan en el sector donde la trabajadora informal laboraba cotidianamente solo que al solicitar su reconocimiento como vendedora regular esta le fue negada aduciendo que no cumplia con la resolucion que reglamenta la ocupacion regular  de los vendedores.

Entre los criterios expuestos por la alcaldia se exponen entre otros  que debe superar los criterios de vulnerabilidad, legalidad y permanencia minima  asi como residir en la ciudad.

 

Dentro del proceso de revision  se decreto  la recopilacion de pruebas  tendientes a complementar  la informacion. La compañera entrego a la Corte informacion sobre sus ingresos  como poblacion vulnerable que no son superiores a $500.000 mensuales.

En la decision adoptada por la Corte es importante resaltar:

 

-       Reconocimiento constitucional   al derecho al trabajo y  la libertad de escogencia de porfesion y oficio, 

articulos 25 y 26 de la Constitucion Politica.

-       La Corte expreso  que “el sector informal es aquel  en el que no opera  una relacion  salarial  ni se garantiza la estabilidad  laboral” y que “atendiendo  las condiciones de vulnerabilidad  en la que se encuentran la mayoria de los vendedores  informales  ha determinado que se requiere mayor porteccion del estado de acuerdo con la cláusula de igualdad material contenida en el artículo 13, la cual impone al Estado promover condiciones para que la igualdad sea real y efectiva y adoptar medidas afirmativas a favor de grupos discriminados o marginados. Por ello han sido considerados sujetos de especial protección”.

-       La protección de los derechos de los trabajadores informales no se limita a su reubicación en otro lugar donde pueda ser nuevamente objeto de desalojo, por el contrario, el Estado asume la cargar de localizarlo en un sitio que le permita el desarrollo de su actividad en similares condiciones.

-       En conclusión, el deber del Estado de velar por el espacio pùblico no es justificación para que afecte de forma desproporcionada o abusiva los derechos de los vendedores informales, quienes son sujetos de especial protección constitucional dadas las circunstancias de debilidad o desprotección en las que se encuentran ante los conflictos que puedan presentarse.

-       La Constitución Política consagra en el artículo 29 el derecho al debido proceso, estableciendo que su aplicación tendrá lugar en toda clase de actuaciones judiciales y administrativas. Esta prerrogativa está orientada a garantizar que la función pública se encauce en la materialización de los fines del Estado, entre ellos, velar por la efectividad de los principios, derechos y deberes y la vigencia de un orden justo

Conforme la jurisprudencia constitucional, la accionante es un sujeto de especial protección dadas las circunstancias de vulnerabilidad en las que se encuentran los vendedores informales.

Es oportuno precisar que si bien la accionante no citó el derecho al debido proceso como derecho violado la sala constitucional si encontró trasgresión por parte de la alcaldía de Medellín.

La determinación de la administración también transgredió el derecho fundamental al trabajo de la compañera, lo cual afectó su mínimo vital, teniendo en cuenta que los ingresos que permiten su subsistencia se derivan del producto de las ventas informales que a diario lleva cabo. En relación con la transgresión al mínimo vital, debe recordarse que la jurisprudencia constitucional ha sostenido que la protección de la legislación comercial en el ámbito del derecho privado, aplicable a las empresas y comerciantes, se extiende “de manera análoga a los vendedores informales, pues estos también ‘desarrollan clientelas, acreditan sus servicios y productos y establecen dinámicas comerciales equivalentes a las de las empresas que atienden al público’”

 

Conclusión

Es importante resaltar  de acuerdo a lo expuesto en esta sentencia que la  Corte Constitucional mantiene  en esta sentencia la misma línea o posición con respecto al respeto de los derechos económicos, sociales de los vendedores informales  lo cual es muy   importante ya que   bajo el pretexto de recuperación del espacio público no se pueden trasgredir los derechos de los Trabajadores que allí laboran.

Se debe respetar el debido proceso, el acatamiento  a la figura de la confianza legítima, el mínimo vital, la igualdad real y el derecho al trabajo, sumado a la libertad de escoger profesión u oficio  la cual viene a fortalecer los derechos legales de todos los trabajadores informales.

Sin embargo hay que recordar que las administraciones municipales y la Policía Nacional de forma adrede pretenden desconocer estas sentencias, pasando por encima de derechos constitucionales y legales que a todas luces los vendedores deben hacer respetar  recurriendo a  todas las acciones legales a las que como ciudadanos tienen derecho incluyendo como no la movilización y la manifestación pacífica acompañada de la denuncia  pública.

 

miércoles, 3 de marzo de 2021

La pandemia tiene al 50% de trabajadores informales de #Cali sin empleo

 














La pandemia tiene al 50% de trabajadores informales de Cali sin empleo

Una reciente encuesta reveló que al menos el 50 % de los trabajadores informales de Cali tienen un miembro de su familia, incluyéndose, que ha perdido su empleo en los últimos seis meses.
Esta es una de las cifras más preocupantes de la encuesta ‘Empleo e ingresos de una ciudad informal en la post-pandemia’, realizada por el Observatorio de Políticas Públicas, Polis, de la Universidad Icesi a más de 1000 personas entre noviembre del 2020 y enero del 2021.

Si bien esto no es una encuesta representativa, los resultados muestran una clara tendencia del golpe económico sufrido por los caleños.

Así, el 67% de los informales y 39% de los formales afirmaron que sus ganancias se han reducido producto de la pandemia.

empleo
Dado el golpe económico sufrido a los vendedores ambulantes en la ciudad, que son más de 30.000, el gremio ha solicitado una renta básica mientras se reactiva la economía. Foto: Jorge Orozco
El estudio también pone en evidencia las condiciones laborales previas a la epidemia para entender qué tan preparados estaban los caleños. Mientras el 30 % de los informales percibían menos de un salario mínimo mensual legal vigente, esto ocurría apenas con el 8 % de los formales.

Además, apenas el 31 % de los informales consideran que sus ingresos son buenos (alcanzan para cubrir necesidades básicas y ahorrar) frente al 59 % de los trabajadores formales consultados.

Por otra parte, el 29% y el 46% de los trabajadores informales y formales, respectivamente, afirmó tener ahorros suficientes para vivir al menos tres meses en caso de desempleo, advierte Polis.

“En Cali hay alrededor de 265.000 personas desempleadas. Esto lleva a preguntarse hasta qué punto esta línea estratégica se adapta a la estructura productiva de la ciudad para lograr una recuperación económica sostenida en el largo plazo”, afirma el documento.

Se perdió mucho y se recuperó poco
Y si se revisa el balance que la Asociación Nacional de Instituciones Financieras hizo entre marzo y noviembre del 2020, el panorama tampoco es alentador. Las familias caleñas dejaron de percibir ingresos laborales por alrededor de $2.36 billones en ese periodo de tiempo.

Para Edwin Maldonado, director ejecutivo del Comité Intergremial y Empresarial del Valle del Cauca, Ciev, esta situación debió de haberse agravado a finales de diciembre e inicios de enero.

“Tras los toques de queda continuos que afectaron tanto la actividad de empresas como el empleo de muchas personas, pues no hubo el consumo necesario para tener una actividad sostenida”.

Es por eso que en días pasados el Ciev envió unas propuestas a la Alcaldía para trabajar en pos de la reactivación. Lo anterior busca una mayor coordinación con el gremio empresarial a la hora de tomar medidas restrictivas como la más urgente.

Y debido a las afectaciones en el flujo de caja, el gremio ha afirmado que no cuenta con recursos suficientes para cancelar las obligaciones tributarias. Esto, dado a que ha decidido enfocar los esfuerzos en el pago de los salarios del recurso humano.

“Lo que pedimos es un aplazamiento del calendario tributario de impuestos, generar un sistema de pago por cuotas, descuentos en el pago de los servicios y disminuciones en el Impuesto Predial y de Industria y Comercio según la afectación de cada empresa”, afirmó Maldonado.

Esto dice la Administración Municipal
Frente a este panorama, María Fernanda Santa, secretaria de Desarrollo Económico de Cali, aseguró que ya se está estructurando el fondo de reactivación por $30.000 millones.

"Un proceso que estamos adelantando con nuestra jurídica interna y un comité para darle todos los detalles necesarios con el fin de presentarlo al Concejo en el mes de marzo como un proyecto de acuerdo”, explicó.

La funcionaria señaló que la ayuda busca llegar a los más afectados económicamente por la pandemia. Así, piensan impactar a grupos poblacionales como los jóvenes, pero también a los emprendimientos y microempresarios que necesiten de forma urgente “ese piso de liquidez”.

Santa además comentó que se han realizado talleres de reactivación, en donde, con diferentes representantes de gremios empresariales, se hace la estructuración del fondo.
“¿Cuál es nuestra meta? Que en tres semanas esté consolidado el plan de reactivación de la ciudad. Que para este año recuperemos los 197.000 empleos que se perdieron producto de la pandemia. Además, que esto se sostenga en el tiempo, pero que también fomentemos ese mismo crecimiento”, destacó.

Es por eso que el pasado viernes 13 de febrero se instaló la Mesa de Reactivación. Con esta se han realizado talleres como los de la construcción de vivienda, uno de los sectores que más le aporta a la economía caleña.

También se planea realizar uno con la Secretaría de Salud para evitar el tercer pico y, por ende, la afectación económica que trae consigo.

“Los informales también hacen parte de nuestro objetivo para recuperar empleos. Por eso vamos a reunirnos con sectores como el de los tenderos. Vamos a formalizar a todas las empresas que no se alcanzaron a registrar en la Cámara de Comercio”, afirmó la Secretaria

fuente: https://www.qhubocali.com/asi-paso/la-pandemia-tiene-al-50-de-trabajadores-informales-de-cali-sin-empleo/?utm_source=facebook&utm_medium=Social&utm_campaign=ampliar-noticia



lunes, 22 de febrero de 2021

#Cali ALERTAS ANTE NUEVO INTENTO DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL POR REVIVIR EL NEFASTO ACUERDO 0424

 


ALERTAS ANTE  NUEVO INTENTO DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL  POR REVIVIR EL NEFASTO ACUERDO 0424

 

En reunión sostenida El día sábado 23 de Enero del presente año entre el señor Jimmy Dranguet  (Subsecretario de inspección, vigilancia y control)   y un grupo de vendedores  de organizaciones sindicales se anunció la pretensión de darle aplicación  al fracasado  acuerdo 0424  de 2017, vale la pena recordarle a los compañeros que  la caracterización realizada en el año 2017 fracaso porque los vendedores no  se caracterizaron y  porque  de 1000 caracterizaciones hechas por fuera del centro, más de 800 quedaron mal elaboradas.

Ahora pese a la pandemia, a los altos índices de desempleo, al incremento de la informalidad se pretende aplicar dicho acuerdo que tiene como último fin la “privatización” del espacio público y con ello el desalojo de la inmensa mayoría del gremio.

Si bien el gobierno municipal informa que  entrego parcialmente algunas ayudas a cerca de 1200 vendedores esto no representa ni el 10% del total de trabajadores informales de la ciudad, por ello nos sumamos a quienes piden una renta básica para los sectores sociales más vulnerables como en este caso son la inmensa mayoría de los vendedores informales.

Rechazamos así la intención del gobierno de  desconocer   la vulnerabilidad de la inmensa mayoría de los vendedores donde  más del 98% de estos sobreviven de lo que ganan en la venta informal y si se les quitan su  única fuente de ingresos los enviarían a la miseria absoluta.

La pretensión de la alcaldía de  volver vulnerable a población que tiene un  nivel de vida digno, quitándole su única fuente de empleo…es INADMISIBLE 

Por qué se le quiere vulnerar  a los vendedores informales   el   mínimo vital que obtienen con su venta en el   espacio público con el supuesto de  no ser vulnerables, pero a quienes si  tienen grandes capitales económicos  se le permitiría esa ocupación. CONTRADICCIONES INEXPLICABLES.

También rechazamos que el alcalde  Ospina pretende contratar entre los 270 caracterizadores a algunos vendedores quienes serían los encargados de hacer la encuesta  y  “convencer” a los compañeros de las “bondades” inexistentes de la caracterización  con lo cual estos  aceptarían incluirse  dentro del  acuerdo 0424  y su política de regulación que no es otra cosa que un “plan de desalojo”  disfrazado, igualmente se hace  un llamado fraternal a los compañeros  para que no se presten  a esto que finalmente  va en contra del gremio, no se puede servir a dos señores al mismo tiempo o están con sus compañeros y el gremio  o están con el gobierno.

 

 

 

 

 

 

 

 

Reiteramos el llamado a los vendedores  a que no se caractericen y que no firme porque si lo hacen con su firma estarán autorizando al gobierno a que los  investiguen como si fueran los peores criminales, porque para un vendedor es un  delito tener  una casa o una moto. En ese orden de ideas hay que dejar en claro que  el decreto 1377 que reglamenta   la ley 1581 de 2012 “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales”, especifica en el Capítulo II de autorizaciones, articulo 4  “NO SE PODRÁN RECOLECTAR DATOS PERSONALES SIN AUTORIZACIÓN DEL PERSONAL  y  “No Se Podrá Utilizar Medios Engañosos O Fraudulentos  Para Recolectar  Y Realizar  Tratamiento De Datos Personales”

En todo caso se debe informar que por tratarse de datos sensibles NO ESTÁ OBLIGADO A AUTORIZAR SU TRATAMIENTO, todo esto en el MARCO GENERAL DE LA PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES EN COLOMBIA”.

(En próximo boletín ampliaremos esta información).

Rechazar falsas promesas de empleo  en  almacenes  o la alcaldía hecho por  el señor Jimmy Dranguet…

Rechazar que pretenda desalojar a más del 90 % de los vendedores que tienen  sus caseta porque debe estar el propietario original de hace 40 años (artículo 3 literal  b. existencia del beneficiario,  acuerdo 0424)  desconociendo la confianza legítima  de estos  vendedores.

Rechazar  las afirmaciones del señor Dranguet que si el vendedor no se caracteriza “se queda por fuera”, desconociendo que  los vendedores informales en Colombia ya tienen el reconocimiento a través de las sentencias de la Corte Constitucional, sentencia como la C- 211 de 2017, T- 067 de 2017 y muchas otras que reconocen la Confianza Legítima, así como los derechos  de la mujer madre cabeza de familia, tercer edad, personas en condición de discapacidad, así como el mínimo vital, el derecho al  trabajo, etc., usted Compañero….ya está ampliamente reconocido en su condición de ciudadano y de población vulnerable o en peligro de vulnerabilidad.

Rechazar la pretensión del gobierno municipal de desalojar los vendedores de  las esquinas y las entradas a las estaciones del MIO y que gozan de la confianza legítima, esto constituye un atropello contra el trabajador y un desconocimiento y desacato a las sentencia emitidas por la Corte Constitucional.

Escuche los audios de intervención del señor Jimmy Dranguet  subsecretario de inspección vigilancia y control hablando sobre la caracterización  y la investigación a los vendedores para desconocer su condición de población vulnerable…

Caracterización de vendedores en Cali para negarle sus derechos: https://youtu.be/a-LBNFvK8Mc

Alcaldía de Cali espera que de los 270 caracterizadores muchos sean vendedores, ASOVAES lo rechaza: https://youtu.be/OCitNAR6VAw

 

 “ME QUITAS LA VIDA, CUANDO  ME  QUITAS  LOS MEDIOS QUE ME PERMITIAN VIVIR”

WILLIAM   SHAKESPEARE

miércoles, 9 de diciembre de 2020

S.O.S. CRISIS SOCIAL, ECONÓMICA Y SANITARIA DE LOS TRABAJADORES INFORMALES COMO SECTOR ECONÓMICO Y SOCIAL EN ALTA VULNERABILIDAD

 


La Asociación de Vendedores Ambulantes, Semi-estacionarios y Estacionarios de Cali (Colombia) ASOVAES en representación legal de los afiliados, y la Unión General de Trabajadores Independientes y de la economía Informal  UGTI- Valle del Cauca mediante la presente comunicación dan a conocer la situación por la que atraviesan los vendedores informales y   solicitan  su apoyo oportuno ante la grave crisis sanitaria coronavirus (Covid 19).

Síntesis: los vendedores afiliados en el departamento del Valle de  Cauca con la organización UGTI son 700 vendedores informales y en Cali con la organización ASOVAES un total aproximado de 380 del cual depende su núcleo  familiar.

Se  solicitó al gobierno municipal y departamental así como a ONG al inicio de la cuarentena ayuda alimentaria tanto para los afiliados como para el total de vendedores informales de Cali ( capital del departamento), así como para los municipios de Ginebra, Buga y Buenaventura donde UGTI cuenta con subdirectivas se logró al inicio que se entregaran algunas ayudas que sin embargo no han sido suficientes, en Cali el gobierno municipal les ha entregado un total  aproximado de  1000 mercados para una población total de 20.000 trabajadores informales  y recientemente la gobernación del Valle entrego aproximadamente 190 mercados a un grupo de  personas adultos mayores y en condición de discapacidad, pero estas entregas no llegan al total de los vendedores.  El gobierno nacional del presidente Iván Duque  habla de 10 o más programas sociales en el cual de esos el 98% de los trabajadores informales del país no han sido incluidos.

Lamentablemente muchos han dejado de creer en la veracidad de dichos programas asistenciales ya que  la inmensa mayoría de los trabajadores informales  afirman no haber recibido ninguna de estas ayudas.

Aunque muchos vendedores comenzaron a trabajar nuevamente y   asumieron  las medidas de bioseguridad implementadas por el gobierno municipal en Cali y en el Departamento  la  situación económica es difícil debido a la disminución de las ventas la cual es el reflejo  del aumento del desempleo que ya supera el 20% de la Población Económicamente Activa, muchos vendedores aún deben  uno o dos  meses del  alquiler de sus viviendas, así como el pago de servicios  públicos y otras deudas acumuladas.

Por todo lo anteriormente expuesto solicitamos a esta organización tener en cuenta el alto nivel de vulnerabilidad de esta población el cual se ha acrecentado durante la pandemia Covid-19 y la cuarentena a la que se vieron sometidos y al ser un sector empobrecido algunos cuentan con sistema de salud subsidiada "SISBÉN" pero  muchos otros sin ningún plan de salud.

Al estar expuesta esta población al contagio  además hay el  temor de  no ser incluidos  en los programas de vacunas que pudieran llegar al país.


En la ciudad de Cali hemos impulsado puesto por puesto con los compañeros vendedores el llamado a protegernos con las medidas de bioseguridad que se impulsan a nivel nacional, se entregaron a aproximadamente a 300 vendedores  unos  kits de bioseguridad  aportados por cooperantes internacionales a través de la Central Unitaria de Trabajadores - CUT-, pero estos siguen siendo insuficientes como ya se explicó de unos 20.000 vendedores y en el departamento de aproximadamente unos 40.000 que además siguen sin un apoyo  alimentario permanente.

Resumen

      La cuarentena y la difícil situación económica y social del país nos obliga a un grito de S.OS

      Carecemos de renta básica, ingreso solidario, kits de bioseguridad permanentes, ayuda permanente de pequeños mercados y otros programas de servicio social.

Es importante que los organismos internacionales en las posibilidades que brinden sus competencias sea garante de que se garantice la atención oportuna a los vendedores informales como población de alta vulnerabilidad, igualmente que en el proceso de  vacunación a nuestro país, se de a este sector vulnerable a tiempo y en forma gratuita y no vayan a ser excluidos de estas como hasta ahora con la canasta alimentaria

Igualmente si está dentro de sus competencias o tienen conocimiento para  solicitar la entrega de ayudas a organismos que realicen esta labor o a la cual pudiéramos hacer llegar dichas solicitudes.

En caso de ser necesario podríamos hacer llegar  una lista general unificada de afiliados a estas dos organizaciones.

Igualmente expresamos nuestra solidaridad con los trabajadores del hospital San Juan Dios de Cali, que atiende esencialmente a población pobre vulnerable y la cual lleva más de 8 meses sin recibir su sueldo, esto incluye personal médico y administrativo y lo cual es incomprensible en estos momentos que se atiende por parte del personal médico las personas afectadas por el Covid-19.

La asociación ASOVAES se encuentra registrada ante la Cámara de Comercio y la UGTI como sindicato de rama de la Central Unitaria de Trabajadores registrada ante la Oficina regional del trabajo del Ministerio del Ministerio del trabajo de la Republica de Colombia

observatorio de desarrollo social

División del trabajo social CEPAL

ONU Naciones Unidas

Comisión económica para América latina y el caribe

      Consejo de derechos humanos de las naciones unidas

      Presidencia de la república de Colombia

      Ministerio de salud y protección social

      Dirección del departamento nacional de planeación

      Gobernación valle del cauca

      Alcaldía de Santiago de Cali

viernes, 27 de noviembre de 2020

#Cali toma acciones para los vendedores informales


A la fecha no existe en la ciudad un dato actualizado sobre el número de vendedores informales. Según las autoridades, se tiene un promedio estadístico de 12 mil a 15 mil personas laborando de manera ambulante, pero la cifra podría ser aún mayor por factores como el desplazamiento, la migración venezolana y la pandemia.

Ante esta situación, el gobierno local anunció que a partir del próximo mes se iniciará un registro virtual de auto diligenciamiento que evidencie la magnitud real de esta condición y construir, en conjunto, soluciones a la informalidad laboral, a los conflictos de uso del espacio público y para llegar a acuerdos sobre programas de asistencia social.

Jimmy Dranguet, subsecretario de Inspección, Vigilancia y Control, explicó que “se lanzará el registro de vendedores informales, entre diciembre y enero a través de una plataforma en www.cali.gov.co para que los trabajadores informales se registren y podamos conocer la realidad de su situación y saber cuántos son. De esta manera seguiremos con la herramienta de caracterización que requerimos para establecer la Política Pública de Vendedores Informales”.

Piloto
Los Ministerios del Interior y del Trabajo junto al Departamento Nacional de Planeación crearon los talleres regionales, donde Cali como ciudad piloto se prepara para aplicar la Política Nacional de Vendedores Informales.

“La misión de este taller es reunir a las autoridades, actores privados y trabajadores para construir soluciones que reduzcan una problemática que ha afectado esta ciudad por más de 30 años. El espacio público es democrático y debe permitir el uso eficiente para todos” añadió Dranguet.

A través de dicha plataforma la idea es que los vendedores informales, a partir de su propia experiencia, propongan cómo puede solucionarse esta situación en la ciudad. Todas estas propuestas quedarán en manos de la Alcaldía local para que se integren en la Política Nacional.
Se estima que hay más de 15 mil trabajadores ambulantes
https://occidente.co/cali/cali-toma-acciones-para-los-vendedores-informales/

miércoles, 28 de octubre de 2020

Boletin de prensa conjunto ASOVAES - UGTI Valle INTERPONEN ACCION DE DESACATO CONTRA ALCALDE DE CALI Y DEPENDENCIA DE ESPACIO PUBLICO




 7 MUJERES TRABAJADORAS INFORMALES, MADRES CABEZA DE FAMILIA  INTERPONE ACCION DE DESACATO CONTRA ALCALDE DE CALI Y DEPENDENCIA DE ESPACIO PUBLICO

El 5 de octubre del presente año el JUZGADO PRIMERO CIVIL MUNICIPAL  DE CALI  del presente año, tutelo “los derechos fundamentales  al trabajo, mínimo vital y petición” de siete trabajadoras informales  que se ubican en la carrera 8 entre calles 11 y 12  luego de que estas compañeras instauraran acción de tutela  por los hostigamientos, persecuciones y desalojos  de los que fueron objeto en el mes de septiembre por parte de funcionarios de la subsecretaria de Inspección, Vigilancia y control, en el resuelve de la acción interpuesta se orden al subsecretario  Jimmy Draguet proceder  dentro de los ocho días  siguientes de la notificación  a revisar procedimientos de bioseguridad  que deben aplicar (distanciamiento etc.) ,  sin embargo a la fecha de publicación de este boletín, 28 de octubre no solo no se ha 

cumplido por parte de los funcionarios  en mención con dicho resuelve sino que además tantos agentes de policía como contratistas persisten por órdenes superiores a no permitir el trabajo de las  compañeras, violando así  la orden de un juez de la república, esto obligo a estas trabajadoras a interponer acción de desacato  contra  la administración local.

En la solicitud de desacato se pide, “Con base en los hechos narrados me permito solicitarle al despacho que en los términos de ley le ordene a la Alcaldía de Cali y en especial al Dr. Jimmy Dranguet Rodríguez – Subsecretario de Seguridad de Cali, el cumplimiento del fallo, o en su defecto se imponga la multa y la orden de arresto que están prescritos en la norma”.


PERO LA ORDEN DADA POR EL JUEZ NO ES LA UNICA VIOLACION DEL ALCALDE Y SUS FUNCIONARIOS


Lamentablemente la presente administración en cabeza del alcalde JORGE IVAN OSPINA,  no solo procede a desobedecer una orden de un juez de la república, también con su  actitud frente a estas mujeres  madres cabeza de familia se violentan otras sentencias de la corte constitucional, tales como: 

SENTENCIA C- 211

CONFIANZA LEGÍTIMA 

Esta sentencia que responde a una demanda contra  el código de Policía, expresa que “cuando se trate de personas  en situaciones  de debilidad manifiesta  o pertenecientes a  grupos  de especial protección ( en este caso mujeres madres cabezas de familia)  que de acuerdo  con la jurisprudencia  constitucional se encuentren protegidas  por el principio de confianza legítima, no se les aplicara las medidas correccionales de multa, decomiso o destrucción, hasta  tanto  se les haya ofrecido  por las autoridades competentes programas de reubicación o alternativas de trabajo formal, en garantía de los derechos de la dignidad humana, mínimo vital y trabajo”.


MADRES CABEZA DE HOGAR    

 

La especial protección de las mujeres cabezas de familia proviene directamente de la constitución  que en el enciso segundo  del artículo 43 establece  que “el estado apoyara  de manera especial a las madres cabezas de familia  como sujetos de especial protección constitucional”


ASOVAES –UGTI VALLE DEL CAUCA hacen un llamado al señor alcalde Jorge Iván Ospina y a sus funcionarios a  que se respeten los derechos legales y constitucionales de los y las trabajadores informales y en especial en el caso en mención de 7 compañeras que con su trabajo suplen las necesidades básicas de sus familias en un momento en que todos hemos sido golpeados por la pandemia y que durante la cuarentena no se recibieron ningún tipo de  ayudas económicas ni alimentarias por parte del estado, a que se les respete la confianza legítima y su condición de población vulnerable, que se les permita seguir laborando como lo ordena la sentencia en mención sin incurrir en desacato.

Vale la pena también observar que estas compañeras mantienen medidas de sus puestos acordes no superiores a 2 X 2 y que en todo momento muestran  su absoluta disposición a  asumir medidas de bioseguridad para ellas y sus clientes    

Lamentable realidad...en Colombia Trabajadores Informales perseguidos más que a los propios delincuentes